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Ventajas

SU NEGOCIO NECESITA DE SU TIEMPO  
Nuestro servicio compra de sociedades limitadas ofrece, entre otras, las siguientes ventajas:

  1. Reducción de tiempo.
  2. Eliminación de trámites.
  3. Disponibilidad y operatividad inmediata.
  4. No necesita disponer del capital social.
  5. Ahorro de costes.
  6. Garantía de inactividad e inexistencia de deudas.
  7. Confidencialidad de los socios compradores.
  8. Posibilidad de modificación de la sociedad según las necesidades de nuestros clientes.

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Más información
 
1 Reducción de tiempo.
De 60 días o más de trámites a 1 hora
La constitución de una sociedad limitada requiere una serie de trámites a través de organismos públicos y oficiales que requieren unos plazos que suelen oscilar entre los 45 y 60 días. Estos plazos se superan ampliamente por problemas muy habituales que suelen surgir en el proceso de constitución, principalmente en el caso de subsanación de escrituras exigidas por el Registro Mercantil.

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2.- Eliminación de trámites:
Único trámite con Inicia Deley: firma en Notaría
Adquiriendo una sociedad con inicia Deley, se eliminan los siguientes trámites:
- Solicitud de Nota Simple de denominación social.
- Solicitud de certificación de denominación social.
- Solicitar a un asesor jurídico la elaboración de los estatutos sociales
- Apertura de cuenta bancaria, desembolso del capital social, o depósito en Notaría, con la consiguiente inmovilización del dinero para la obtención del certificado de depósito de capital social.
- Encargo de escritura a Notaría.
- Envío de la documentación necesaria requerida por la Notaría.
- Firma en Notaría de la escritura de constitución.
- Obtención del CIF provisional de la sociedad en constitución, mediante el modelo requerido a tal efecto por la Administración Tributaria y por la persona autorizada para realizar este trámite en nombre de la sociedad.
- Cumplimentación del modelo correspondiente al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, liquidación del mismo en la entidad colaboradora y posterior presentación en el organismo competente de dicho impuesto junto con la documentación requerida y por la persona autorizada para realizar este trámite en nombre de la sociedad.
- Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, solicitud de publicación en el Boletín Oficial del RM y liquidación de la provisión de fondos.
- Gestiones de subsanación de posibles errores que podrían dificultar o impedir la inscripción solicitada en el Registro Mercantil, lo que implicaría la demora inevitable de la operatividad inmediata de la sociedad.
- Liquidación definitiva en el RM y recogida de la escritura.
- Obtención del CIF definitivo mediante el modelo requerido a tal efecto por la Administración Tributaria, adjuntando la documentación solicitada y por la persona autorizada para realizar este trámite en nombre de la sociedad

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3.- Disponibilidad y operatividad inmediata
Las sociedades disponibles de Inicia Deley cuentan con CIF definitiva, de tal forma que se puede comenzar a operar de forma inmediata tras su adquisión, al haberse realizado todos los trámites que se indican en el punto anterior.

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4.- No necesita disponer del capital social.
Para la constitución de una sociedad limitada es necesario el depósito y la inmovilización de este importe bien en una cuenta bancaria o en una Notaría, no pudiéndose disponer de este importe, hasta la retirada de la escritura de constitución del Registro Mercantil y posterior obtención de su CIF definitivo.
Además de este importe hay que disponer de las cantidades necesarias para realizar los pagos que requieren cada uno de los trámites que se han detallado en punto 2º.

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5.- Ahorro de costes.
Inicia Deley, al realizar todas las gestiones sin intervención de otros intermediarios externos y gracias a la masiva constitución de sociedades ofrece a sus clientes unos precios muy competitivos y ajustados.

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6.- Garantía de inactividad e inexistencia de deudas.
Las sociedades que transmite inicia Deley están totalmente inactivas, y como garantía de ello en el momento de la transmisión ante Notario, el administrador saliente aporta un certificado de inactividad, inexistencia de deudas u otras responsabilidades frente a terceros.

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7.- Confidencialidad de los socios compradores

La escritura de compraventa de participaciones sociales, no se inscribe en el Registro Mercantil, por lo que se mantiene la privacidad de los nuevos socios compradores, al no ser dicha identidad de dominio público.

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8.- Posibilidad de modificación de la sociedad según las necesidades de nuestros clientes.
Si el cliente lo solicita previamente, en el mismo acto de la firma en Notaría, se pueden realizar determinados cambios, como por ejemplo: el régimen de administración, el objeto social, o bien modificar otros aspectos de los Estatutos de la Sociedad.

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